Preguntas y Respuestas sobre la Implantación de los Planes de Igualdad en las Empresas Mairena Del Aljarafe Andalucía
Si efectuado un análisis objetivo de la situación de la plantilla se concluye que la desigualdad es inexistente, ¿Sigue resultando obligatoria la realización del Plan de Igualdad?. Haz click aquí para conocer la respuesta a esta pregunta...
Compañías Locales
Guia RRHH no promueven las compañías que aparecen en este sitio.Más InformaciónCENTRO DE EMPRESAS CALLE DISEÑO SC
954180172
954180172
diseño pol. ind. pisa, 9.
MAIRENA DEL ALJARAFE, Andalucía
MAIRENA DEL ALJARAFE, Andalucía
IMAGEN SIGLO 21 S.L.
955601505
955601505
av. oceanía, 64
MAIRENA DEL ALJARAFE, Andalucía
MAIRENA DEL ALJARAFE, Andalucía
GOTTRAINING XXI S.L.
955691607
955691607
av. europa, sn
DOS HERMANAS, Andalucía
DOS HERMANAS, Andalucía
GP SELECCIÓN
955632199
955632199
ALCALA DE GUADAIRA, Andalucía
TALENTIC S.L.
952369609
952369609
desvío distante, 7. malaga
MALAGA, Andalucía
MALAGA, Andalucía
BARAINSA GROUP S.L.
954769252
954769252
rubí resid. monte alto, 11
MAIRENA DEL ALJARAFE, Andalucía
MAIRENA DEL ALJARAFE, Andalucía
ANACONSOL S.L.
954171362
954171362
Musa Gitana (Urb. Vista Hermosa), 5.
SAN JUAN DE AZNALFARACHE, Andalucía
SAN JUAN DE AZNALFARACHE, Andalucía
KONSULTORIAMEDICION Y ANALISIS S.L.NE
955691849
955691849
atahualpa, 6.
DOS HERMANAS, Andalucía
DOS HERMANAS, Andalucía
Consultores en recursos humanos
955632199
955632199
parq. emp. alcalá x, sn.
ALCALA DE GUADAIRA, Andalucía
ALCALA DE GUADAIRA, Andalucía
INNOVACION HUMANA CONSULTORES Y ASOCIADOS S.L.
950264253
950264253
castelar, 15. almeria
ALMERIA, Andalucía
ALMERIA, Andalucía
Preguntas y Respuestas sobre la Implantación de los Planes de Igualdad en las Empresas

Por Mario Naranjo
La respuesta ha de ser afirmativa, ya que por imperativo legal o convencional, el Plan de Igualdad deberá formalizarse contemplando la implantación de medidas que eviten cualquier alteración de esa igualdad diagnosticada por la empresa, aunque se contase en el informe del diagnóstico de plena igualdad, con el visto bueno de los representantes de los trabajadores.
¿Cómo se mide la dimensión de la plantilla a los efectos de determinar la obligatoriedad de negociar un plan de Igualdad?
Cuando parecía que ya había quedado zanjada la discusión sobre qué empresas tienen la obligación de negociar planes de igualdad y cuáles no, salta a escena este matiz administrativo. Hasta el momento, la ley ligaba los planes de igualdad a tres situaciones: que la empresa tenga más de 250 trabajadores (criterio cuantitativo); que sea el convenio colectivo el que recoja explícitamente el deber de elaborar el plan y, por último, que la Autoridad Laboral lo exija, en sustitución de una sanción.
Precisamente, el requisito cuantitativo es el que más lagunas legales arrastra desde la entrada en vigor de la norma, El motivo: la ley paritaria no dice cómo se cuantifica el número de asalariados,- “¿Se trata de una plantilla anual promedio o de la existente en un momento determinado?”-, por tanto, ¿deben computarse los contratados en el momento de la entrada en vigor de la LOI [24-3-2007], ya sean indefinidos o temporales, a tiempo completo o a



