123 Usuarios conectados 31394 Suscriptores
  Suscribirse al Boletín Incluir mi enlace
 Home  Enlaces de interés  Enlaces multimedia  Enlaces CCAA  Enlaces Locales  Enlaces por área  Enlaces + visitados  Últimos enlaces

Preguntas y Respuestas sobre la Implantación de los Planes de Igualdad en las Empresas Montilla Andalucía

Si efectuado un análisis objetivo de la situación de la plantilla se concluye que la desigualdad es inexistente, ¿Sigue resultando obligatoria la realización del Plan de Igualdad?. Haz click aquí para conocer la respuesta a esta pregunta...

Compañías Locales

Guia RRHH no promueven las compañías que aparecen en este sitio.Más Información
INGENOVA CONSULTING S.L.
957664049
av. camachas, 5. montilla
MONTILLA, Andalucía
SERVICIOS INTEGRALES MULTIPLES GRUPO 5
957603105
cruz del estudiante, 65
PUENTE GENIL, Andalucía
GOLDWYN CHASE SC
952526440
robles, 16.
NERJA, Andalucía
SOLUCIONES DE GESTION INTEGRAL
952216237
pl. la malagueta, 1.
MALAGA, Andalucía
KONSULTORIAMEDICION Y ANALISIS S.L.NE
955691849
atahualpa, 6.
DOS HERMANAS, Andalucía
AGROTEC INGENIEROS CONSULTORES
957503986
pl. colón, 1. lucena
LUCENA, Andalucía
MONTANER & ASOCIADOS
957486869
alonso de burgos, 6. cordoba
CORDOBA, Andalucía
GP SELECCIÓN
955632199
ALCALA DE GUADAIRA, Andalucía
KICKUPSTAIRS
951047330
ctra. málaga, sn
ALHAURIN EL GRANDE, Andalucía
JOSE ANTONIO SALGADO CARRION
952446381
sierra nevada, 22.
BENALMADENA, Andalucía
Artículo proporcionado por: 

Preguntas y Respuestas sobre la Implantación de los Planes de Igualdad en las Empresas


Por Mario Naranjo

La respuesta ha de ser afirmativa, ya que por imperativo legal o convencional, el Plan de Igualdad deberá formalizarse contemplando la implantación de medidas que eviten cualquier alteración de esa igualdad diagnosticada por la empresa, aunque se contase en el informe del diagnóstico de plena igualdad, con el visto bueno de los representantes de los trabajadores.

¿Cómo se mide la dimensión de la plantilla a los efectos de determinar la obligatoriedad de negociar un plan de Igualdad?

Cuando parecía que ya había quedado zanjada la discusión sobre qué empresas tienen la obligación de negociar planes de igualdad y cuáles no, salta a escena este matiz administrativo. Hasta el momento, la ley ligaba los planes de igualdad a tres situaciones: que la empresa tenga más de 250 trabajadores (criterio cuantitativo); que sea el convenio colectivo el que recoja explícitamente el deber de elaborar el plan y, por último, que la Autoridad Laboral lo exija, en sustitución de una sanción.

Precisamente, el requisito cuantitativo es el que más lagunas legales arrastra desde la entrada en vigor de la norma, El motivo: la ley paritaria no dice cómo se cuantifica el número de asalariados,- “¿Se trata de una plantilla anual promedio o de la existente en un momento determinado?”-, por tanto, ¿deben computarse los contratados en el momento de la entrada en vigor de la LOI [24-3-2007], ya sean indefinidos o temporales, a tiempo completo o a

Haga click aquí para leer más artículos de Guía RRHH

 Home  Enlaces de interés  Enlaces multimedia  Enlaces CCAA  Enlaces Locales  Enlaces por área  Enlaces + visitados  Últimos enlaces
Grupo  RHM de Comunicación
©guiaRRHH - Publicación del Grupo RHM de Comuninación | RHM Comunicación Directiva SLL | Jerez de la Frontera Todos los derechos reservados.